HONORARIOS Y COMISIÓN — TOTAL TRANSPARENCIA
En BM Sotogrande no hay gastos ocultos, sorpresas ni letra pequeña. Así es exactamente como funciona.
La comisión de la agencia — A cargo del vendedor
Nuestra comisión la paga siempre el vendedor, nunca el comprador. Se liquida ante notario el día de la firma, mediante transferencia bancaria o cheque, en el mismo momento en que se formaliza la compraventa.
En España, las comisiones suelen situarse en el 5% y todos los honorarios incluyen el IVA. En la práctica, pueden variar entre el 1% y el 5% según el inmueble y las circunstancias de la venta. Desde la primera conversación le informaremos con total claridad de nuestros honorarios, sin ambigüedades ni intereses ocultos.
Conviene conocer una ventaja importante: nuestra comisión es fiscalmente deducible a efectos del Impuesto sobre las Ganancias Patrimoniales (CGT). Para los vendedores sujetos a CGT por el beneficio obtenido con la venta, nuestros honorarios reducen directamente la ganancia sobre la que tributan, lo que supone un ahorro real y no solo un coste.
Qué gastos debe prever el vendedor
Además de la comisión de la agencia, el vendedor debe tener en cuenta los siguientes costes:
Certificado ECC (Certificado de Eficiencia Energética)
Por exigencia de la UE, todo inmueble que se venda debe contar con un Certificado de Eficiencia Energética vigente, conocido como ECC en España. El coste de obtenerlo corresponde al vendedor y debe gestionarse antes de sacar la propiedad al mercado.
Honorarios jurídicos independientes
Recomendamos encarecidamente que todo vendedor designe a un abogado independiente. Su abogado comprobará que toda la documentación esté en orden, se ocupará de los aspectos legales de la operación y defenderá sus intereses hasta la firma. Los honorarios jurídicos suelen oscilar entre el 0,8% y el 1% del precio de venta.
Gastos notariales
Los gastos notariales forman parte habitual de toda operación inmobiliaria en España y suelen repartirse entre comprador y vendedor, aunque esto puede variar según el acuerdo alcanzado.
Qué gastos debe prever el comprador
Para ofrecer una visión completa, el comprador debe presupuestar por separado los honorarios de su propio abogado independiente, los gastos notariales y, cuando proceda, una inspección técnica del inmueble. Estos conceptos son totalmente independientes de los gastos del vendedor y no afectan en modo alguno a la estructura de la comisión.
Para que quede absolutamente claro: solo el vendedor paga nuestra comisión. El comprador no paga nada a BM Sotogrande.

